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Miembros Honorarios |
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Podrán ser aquellas personas a las que la sociedad otorgue tal distinción en virtud de méritos prestados a la misma, así como a la Corporación Médica en general y a la Medicina, y aquellos miembros Numerarios que cesen en el ejercicio de la profesión. |
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Miembros Numerarios |
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Podran ser todos aquellos Doctores o Licenciados en Medicina o Cirugía, españoles o extranjeros, colegiados en España, que estén en posesión del Título Oficial de Cirugía Plástica y Reparadora. |
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Miembros Asociados. |
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Podran ser todos aquellos Doctores o Licenciados en Medicina o Cirugía, españoles o extranjeros, colegiados en España, que, a juicio de la Junta Directiva, no reunan en el momento de la solicitud, los méritos mínimos indispensables por estar en periodo de formación. Se puede ser miembro asociado un periodo máximo de seis años. |
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Miembros Correspondientes. |
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Podran ser todos aquellos Doctores o Licenciados en Medicina o Cirugía, extranjeros no colegiados en España que reunan los méritos suficientes en el orden profesional y de una manera especial en Cirugía Plástica, Reparadora y Estética. |
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Miembros Colaboradores. |
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Podran ser todas aquellas personas que se vinculen a la Sociedad en la Sección correspondiente, adquiriendo exclusivamente los derechos y deberes en las actividades de la Sección que se estipulen en su reglamento. |
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Para hacerse miembro de la sociedad siga este enlace. |